El Ayto. de Moralzarzal ha inaugurado una área para autocaravanas con un total de ocho plazas que dispone de servicio de agua potable y vaciado de aguas grises y negras.
El área se encuentra en la avenida Fuente del Moral, frente al camping de Los Herrenes, y cuenta con árboles de sombra y unas privilegiadas vistas de la sierra de Guadarrama. Su acceso es un poco estrecho y se encuentra junto a la zona comercial del municipio.
Las coordenadas son:
- N 40.67611 (N 40° 40' 33.99'').
- O 3.957976 (O 3° 57' 28.71'').
Nueva área AC en Burgos.
Recientemente ha sido inaugurada una nueva área en Burgos ciudad, después de varios años que la antigua área quedó sin servicios. Está ubicada en las siguientes coordenadas:
- N 42.354368 (N 42° 21' 15.72'').
- O 3.673176 (O 3° 40' 23.43'').
El área está nivelada, dispone de 22 plazas sin sombra, y el vaciado de aguas grises y negras se encuentra en el aparcamiento contiguo al área. Sin embargo, este punto de vaciado cierra los miércoles y sábados de 7 a 15 horas debido a la instalación del mercadillo, lo que no afecta a las plazas de aparcamiento de AC. El tiempo máximo de estancia es de 72 horas.
Es de esperar un correcto cumplimiento de las normas básicas de uso de áreas de autocaravanas, y que no se repitan los sucesos del pasados acontecidos en la antigua área, lo cual llevó a su cierre. Evitemos los comportamientos incívicos del pasado.
Enmienda Transaccional de la Instrucción 08/V-74.
El pasado 29 de junio de 2021 ha sido aprobada la Enmienda Transaccional promovida por la Plataforma de Autocaravanas Autónoma ante el Senado para la elevación de dicha Instrucción a rango de Ley. De seguir todo su curso nomal, el órgano representativo territorial debatirá sobre la elevación a rango de Ley de la Instrucción 08/V-74, el arma más poderosa de la que disponemos los autocaravanistas ante los comportamientos caciquiles de ciertas Entidades Locales que regulan en contra de nuestros vehículos incumpliendo la legislación nacional en los asuntos de circulación y estacionamiento.
La asociación quiere dar las gracias a los senadores que han impulsado la iniciativa, así como a las diferentes asociaciones y clubes de autocaravanistas y campistas que han aportado su ayuda y apoyo en esta importante iniciativa.
De aprobarse su ascenso a rango de Ley, las Entidades Locales que incumplen la Ley, así como la Federación de Empresarios de Camping, ya no podrán imponer sus actitudes fuera de la Ley como hasta ahora, reconociéndose de manera definitiva nuestros derechos de estacionamiento en la vía pública al mismo nivel que cualquier otro vehículo del parque automovilístico.
Nueva legislación de Portugal.
Debido a los comportamientos inadecuados que durante tantos años se han producido por parte de una importante cantidad de autocaravanistas en Portugal, especialmente en las zonas costeras más frecuentadas, las autoridades competentes portuguesas han tomado la determinación de implantar una serie de prohibiciones a los vehículos vivienda, incluidas autocaravanas y campers. A partir de la entrada en vigor de la nuevas legislación, quedará terminantemente prohibido no sólo el estacionamiento, sino también la pernocta en el interior de los vehículos (!) en todo el territorio de la República de Portugal, a excepción de las áreas habilitadas a tal fin y, por supuesto áreas públicas o privadas y cámpings.
A continuación, una parte del texto legislativo traducido al español:
Artículo 50-A.
Prohibición de pernoctaciones y estacionamiento de autocaravanas.
1 - Sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 49 y 50, quedan prohibidas las pernoctaciones y el estacionamiento de autocaravanas o similares fuera de los lugares expresamente autorizados a tal efecto.
2 - A los efectos del párrafo anterior, se considera:
a) “Estacionamiento” significa el estacionamiento del vehículo con una ocupación de espacio mayor que su perímetro;
b) "Autocaravana o similar" significa un vehículo que tiene un espacio habitable o que está adaptado para el uso de un espacio habitable, clasificado como "autocaravana", "dormitorio especial" o "caravana" por el Instituto de Movilidad y Transporte;
c) «Pernoctación», la permanencia de una autocaravana o similar en la plaza de aparcamiento, con ocupantes, entre las 21:00 horas del día y las 7:00 horas del día siguiente.
3 - Quien infrinja lo dispuesto en el apartado 1 será sancionado con multa de (euros) 60 a (euros) 300, salvo que se trate de pernoctación o aparcamiento en zonas de la red Natura 2000 y espacios protegidos, en cuyo caso la multa es de (euro) 120 a (euro) 600 (euro).
Por todo lo anterior queda claro que, mientras la UE no obligue a la República de Portugal a modificar la legislación o ellos mismos no se vean presionados por los colectivos autocaravanistas para modificar la ley, Portugal entero se convierte en un país hostil a los autocaravanistas.
En el texto completo de la ley no queda clara la definición de zonas habilitadas para autocaravanas, y se entiende que quedará en manos de los municipios habilitar dichas zonas, si tienen a bien. Lo que sí que está proliferando en las últimas fechas, al parecer nofificado por usuarios recientemente, son las señales de prohibición de estacionamiento de autocaravanas en multitud de lugares, especialmente en los municipios costeros y de gran afluencia turística.
Esto es sólo un aviso de lo que fácilmente puede ocurrir en España. Los lamentables comportamientos de buena parte de autocaravanistas y usuarios de vehícvulos camper en nuestro país ya han provocado multitud de prohibiciones en zonas costeras de España, tanto en la costa norte como en la costa meditarránea. Cada vez son más los municipios que, incluso violando la legislación vigente, prohíben el estacionamiento de autocaravans y vehículos camper en sus calles. Si la cosa sigue así, es seguro que en España pueden tomarse medidas muy similares a las que se han tomado en nuestro país vecino. En nuestras manos está evitarlo.
Distintivo medioambiental.
Esta clasificación, favorece a los vehículos más ecológicos a nivel estatal y europeo, con respecto a los que no lo son. Está pensado para obtener beneficios fiscales, ventajas medioambientales, tecnológicas y de movilidad. A fin de facilitar políticas medioambientales municipales, son especialmente útiles en picos de alta contaminación. Las medidas en la circulación para los vehículos que no lo tengan serán más restrictivas a partir de 2020, sobre todo en ciudades como Barcelona o Madrid.
Existen cuatro distintivos que miden el impacto medioambiental de los vehículos: Cero Emisiones, Eco, C y B. Los dos primeros son para coches eléctricos o híbridos enchufables, incluyendo el distintivo Eco vehículos híbridos y de gas. El distintivo ambiental para furgonetas camper más habitual es el C o B. La etiqueta C (verde) y la B (amarilla) corresponden a vehículos de combustión interna que cumplen las especificaciones de las emisiones EURO, siendo la etiqueta C la más actualizada. La B cumpliría las especificaciones de emisiones EURO anteriores, pero no las últimas.
Estos distintivos son específicos para cada país, por lo que si tienes vehículo de segunda mano de importación, el distintivo que lleve de su país de origen requerirá que lo adaptes a los distintivos vigentes en España, acordes a la clasificación según los parámetros establecidos por la DGT.
Y aparte de todas estas ventajas, está la satisfacción de saber que como conductor cuidas del medio ambiente. Que también tiene su mérito, ¡y no es poco!
Para más información sobre los distintivos medioambientales, visita este enlace de la DGT.